Playas De Rosarito

Baja California, Mexico

COMITE VECINAL LEYES DE REFORMA

Unase a nuestro comite, todo es por el beneficio de nuestra comunidad!

UNIDOS POR LA SEGURIDAD DE NUESTRA COMUNIDAD

Todos unidos por un bien comun!

Entrada a playa Santa Monica

Esta era la entrada a Playa Santa Monica hace siete meses.

Entrada a playa Santa Monica

Esta es la entrada a Playa Santa Monica actualmente.

LOGO DEL COMITE DE VECINOS DE LA COLONIA LEYES DE REFORMA

La R con la corona, representa nuestro municipio custodiado por dos Aguilas!.

CASO SANTA MONICA TERCERA PARTE "LAS MENTIRAS"

A la comunidad de Playas de Rosarito, Colonias Leyes de Reforma, Reforma, Santa Monica, Baja del Mar y a nuestro presidente SILVANO ABARCA MACKLIS


Ya en el juicio de amparo, se presentan la siguientes irregularidades:

JUICIO DE AMPARO EN EL CUAL, EL "QUEJOSO" MINTIÓ lo cual es un delito, y nadie de las dependencias del Ayuntamiento de Playas de Rosarito en el transcurso del juicio se tomó la molestia de investigar o no les importó.

MENTIRA UNO


El "QUEJOSO" declara que la propiedad tiene una superficie de 21,432 metros cuadrados, lo cual no es cierto, les anexamos la prueba de que el "QUEJOSO" mintió.


La superficie real es de 16,382.02 metros cuadrados, una diferencia de CINCO MIL METROS CUADRADOS a su favor.

MENTIRA DOS



Aquí también el "QUEJOSO" miente, ya que declara que está calle siempre ha estado cerrada, lo cual es mentir en el juicio de amparo, les anexamos las fotos que demuestran este hecho.






Este plano de la Dirección de Planeacion y Catastro, demuestran claramente que el predio de Santa Monica Sur, copropiedad del "QUEJOSO", NO INCLUYE LA CALLE, pero una vez más nunguna autoridad del Ayuntamiento de Playas de Rosarito en el juicio, notó esto.




Ninguno de los abogados de Juridico del Ayuntamiento que atendian el juicio de amparo, pidio el acreditamiento de propiedad por parte del "QUEJOSO".

¿OMISIÓN? ¿DESCONOCIMIENTO? ¿INCAPACIDAD PARA EL TRABAJO? 

Mañana la CUARTA PARTE...


CASO SANTA MONICA SEGUNDA PARTE "ERRORES"

A la comunidad de Playas de Rosarito, Colonias Leyes de Reforma, Reforma, Santa Monica, Baja del Mar y a nuestro presidente SILVANO ABARCA MACKLIS


Despues de la notificación DCU-516-2014  por parte de la DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO (C.P ANDRES GOMEZ NAJERA) y el DEPARTAMENTO DE ACCIONES DE  URBANIZACIÓN (Lic. ALDO LOPEZ TAMEZ), entregada a los propietarios y residentes del fraccionamiento de referencia SANTA MÓNICA, comienza lo que hemos dado en llamar las pifias, errores, omisiones etc.

LOS ERRORES

Una vez entregada la notificación DCU-516-2014 por parte de CONTROL URBANO a los propietarios y residentes del fraccionamiento de referencia SANTA MÓNICA, y transcurridos los 15 dias habiles estipulados en la notificación, nos encontramos con el:

PRIMER ERROR

La DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO y ACCIONESDE URBANIZACIÓN cometen el primer error u omision, al violar las GARANTIAS CONSTITUCIONALES del que, de ahora en adelante llamaremos "EL QUEJOSO" representante de los propietarios y residentes del fraccionamiento de referencia SANTA MÓNICA, al negarle su derecho de audiencia violando la DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO y ACCIONES DE URBANIZACIÓN, los Articulos 14 y 16 de nuestra CARTA MAGNA.

"QUEDA DEMOSTRADO EL DESCONOCIMIENTO POR PARTE DEL DIRECTOR Y JEFE RESPECTIVAMENTE DE TALES DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE PLAYAS DE ROSARITO, DEL PROCEDIMIENTO BASICO DE UNA NOTIFICACIÓN"

Ante tal ERROR-DESCONOCIMIENTO-OMISIÓN, por parte de las dependencias del Ayuntamiento de Playas de Rosarito, el "QUEJOSO" promueve un amparo ante la justicia con numero 1163-2014-5.

SEGUNDO ERROR

Ante tal situacion que se antoja inverosimil, solicitamos a las dependencias de la DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO (C.P ANDRES GOMEZ NAJERA) y el DEPARTAMENTO DE ACCIONES DE URBANIZACIÓN (Lic. ALDO LOPEZ TAMEZ), una copia del amparo 1163-2014-5 promovido por el "QUEJOSO" el cual nos es negado, argumentando que no la pueden dar por ser de caracter privado.

Debido a esta negativa y con fecha de 27 de septiembre del 2014, nos dirigimos a Transparencia Unidad Concentradora a pedir una copia del amparo 1163-2014-5 promovido por el "QUEJOSO" (peticion abajo).


El 06 de octubre del 2014, recibimos la respuesta con numero de oficio DCU-591-VI-2014, por parte de la DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO (C.P ANDRES GOMEZ NAJERA), la cual fue negativa, argumentando que dicha informacion era de caracter restringido (respuesta abajo).



TERCER ERROR

El archivo del juicio de amparo jamas estuvo restringido, siempre hubo una version publica disponible, pero dichas dependencias no querian proporcionarla, sus razones tendrian para actuar de esa manera, como muestra les dejoamos la liga al archivo del juicio de amparo 1163-2014-5

Asi como tambien una:


SINTESIS DE LOS ACUERDOS ASOCIADOS AL ASUNTO

Como podran ver hasta ahora, solo respuestas negativas obteniamos, ya en el juicio de amparo, se presentaron una serie de errores los cuales trataremos de explicar.


CASO SANTA MONICA - PRIMERA PARTE "EL INICIO"

A la comunidad de Playas de Rosarito, Colonias Leyes de Reforma, Reforma, Santa Monica, Baja del Mar y a nuestro presidente SILVANO ABARCA MACKLIS.

SANTA MONICA... Un caso lleno de omisiones, pifias, errorres, componendas y desconocimiento total de los Reglamentos por parte de algunas autoridades del H. Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja California.

El día 17 de Agosto del año 2014, los vecinos de las colonias Leyes de Reforma y Reforma, nos encontramos con que la calle Héroes de la Reforma, de la colonia Leyes de Reforma y que Por décadas nos permitía el Acceso a La Playa Publica Federal Propiedad de la Nación de referencia Santa Mónica, se encontraba cerrada por un portón metálico automatizado, el cual fue colocado ilegalmente por los propietarios y residentes del fraccionamiento PREDIOS URBANOS DE LA COSTA (de referencia SANTA MÓNICA). 

 

Ante la negativa de los propietarios y residentes del fraccionamiento PREDIOS URBANOS DE LA COSTA (de referencia SANTA MÓNICA) de que se nos recibiera para ver la manera de poder tener acceso libre a la Playa Pública Federal Propiedad de la Nación, los vecinos de la Colonia Leyes de Reforma, decidimos hacer del conocimiento al Ayuntamiento de Playas De Rosarito de esta arbitrariedad y nos dimos a la tarea de informar a la Dirección de Control Urbano y Acciones de Urbanización, el día 29 de Agosto del 2014 les hicimos llegar los escritos, los cuales fueron sellados de recibidos por dichas dependencias, cabe señalar que estos escritos fueron respaldados por la firma de 57 propietarios y residentes de la colonia Leyes de Reforma y se muestran a continuación:

 

 

 

Seguido a estos escritos las dependencias de CONTROL URBANO y ACCIONES DE URBANIZACIÓN, emiten la notificación (DCU-516-VI-2014) con la orden de desmantelamiento de dicha puerta metálica el día 04 de septiembre del 2014, otorgando un plazo de 15 días para dicho desmantelamiento, firmado por el Director de Control Urbano C.P. ANDRES GOMEZ NAJERA, y el JEFE DE ACCIONES DE URBANIZACIÓN LIC. ALDO LÓPEZ TAMEZ, en dicha notificacion se hace notar que tal obra daño los anclajes de pavimento de la calle Héroes de la Reforma.

 

Aquí mostramos los daños ocasionados por parte de los propietarios residentes del fraccionamiento de referencia PLAYA SANTA MÓNICA, al anclaje de la calle Héroes de la Reforma propiedad del Municipio de Playas de Rosarito, el cual se quedó mudo ante dicho destrozo, aún estando plasmado en la notificación.

 

Cualquier otro ciudadano que hubiera ocasionado este destrozo, hubiese sido puesto a disposición de la autoridad inmediatamente.

Hacemos notar que acudimos a dichas dependencias a pedir se nos otorgara una copia de dicha notificación y nos fue negada en ambas dependencias, bajo el argumento de que eran de carácter reservado.
Por lo tanto, tuvimos que acudir a sindicatura y así nos entregaran una copia.

Aqui hago un parentesis para irme un año despues 02 de septiembre del 2015, solicitamos a la DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO por medio de la Coordinación de Trasparencia del Ayuntamiento de Playas de Rosarito, una copia del permiso otorgado a los propietarios del fraccionamiento de referencia SANTA MONICA para la  colocacion de la puerta metalica y el dia 08 de septiembre se nos entrega la respuesta mediante oficio DCU-404-VI-2015, firmada por el Director de Control Urbano Ing. JOSÉ CARLOS GAY GONZÁLEZ. Mas adelante trataremos este tema.


Aún con estas pruebas contundentes la puerta sigue en pie.

En la entrega de mañana; los primeros errores, pifias y desconocimiento de sus funciones o atribuciones por parte de las dependencias involucradas.

¡SANTA MONICA UN AÑO SIETE MESES DESPUES!

Estimados vecinos de las Colonias; Leyes de Reforma, Reforma y Baja Del Mar y Lic. Silvano Abarca Macklis, los dias 14 al 18 de marzo 2016, estaremos informando a ustedes de la ultima actualización referente al CIERRE ILEGAL DE LA CALLE DE ACCESO A LA PLAYA DENOMINADA "PLAYA SANTA MONICA" de la ciudad de Rosarito.

Daremos a conocer y pondremos a su disposicion documentos, reportes y peticiones al Ayuntamiento de Playas de Rosarito, asi como tambien:

LOS ERRORES
PIFIAS
OMISIONES
RESBALONES Etc, etc.

Cometidos durante el proceso.



Constitución de Nuestro Comité

El Pasado 12 de Septiembre del 2015, quedó oficialmente constituido nuestro Comité de Vecinos Leyes de Reforma.
Nuestra Mesa directiva queda conformada de la siguiente manera: 


Presidente: C. Ramón Torres Sánchez
Secretario: Lic. Antonio Medina de Anda
Tesorero: C. Valentin Hernandez Ruiz
Vocal de Seguridad Publica: Osbaldo Chavez Ortega
Vocal de Obras Publicas: Arq. Jorge Espinosa Ramirez 
Vocal de Asistencia Social: C. Eva Griselda Aguilar P.
Vocal de Deportes: C. Alejandro Cota Avila
Vocal de Salud: Dr. Carlos Barrón
Vocal de Educación y Cultura: C. Verónica Hernandez Gonzalez
Vocal de Ecología: Pastor Carlos Cruz López
Vocal de Derechos Humanos: Dra. Rosalva Leon Llanes
Vocal de Control y Vigilancia: C. Francisco Javier de la Parra

La ceremonia se llevo a cabo de manera exitosa y con una gran participación de los vecinos, orgullosamente podemos decir que estuvimos presentes mas de 65 vecinos. Contamos con la presencia de las Autoridades del Municipio las cuales dieron fe y tomaron protesta a lo que sera la primera Mesa Directiva del Comité de Vecinos Leyes de Reforma, ciclo 2015-2018.

DESOM: Celia Palacios
COPLADEM: Norma Olivia Gutierrez Espinoza
SEGURIDAD PUBLICA: Lic. Roberto Casas
DELEGACION ZONA CENTRO: Amed Sevilla Oropeza

¨TODOS UNIDOS POR EL BIEN COMÚN¨







A la Comunidad Rosaritense

Lic. Silvano Abarca Macklis
Presidente Municipal
Lic. Luis Fernando Serrano García
Secretario de Gobierno
Ing. José Carlos Gay González
Director Control Urbano

P R E S E N T ES. –

Estimados Licenciados, Ingeniero, Rosarito se encuentra colapsando con el problema de los accesos restringidos a las playas y las autoridades no hacen nada al respecto, cada vez existen menos opciones para disfrutar de estos lugares públicos. 

¿Qué se puede hacer?

Por casi un año hemos estado pidiendo la reapertura de la calle Héroes de la Reforma con acceso a la Playa Publica Federal Propiedad de la nación, en la colonia Leyes de Reforma en Playas de Rosarito y cerrada de manera unilateral por unos particulares del Fraccionamiento de referencia Santa Mónica (Predios Urbanos de la Costa o anteriormente Plaza Wholistica), sin que hasta el momento ninguna autoridad haya hecho algo al respecto. Hasta el momento no ha sido demostrado que se trate precisamente de un fraccionamiento privado, ya que dichos predios son asentamientos irregulares.

Cada vez existen menos opciones en Rosarito para recorrer las playas. Las playas son públicas Lic. Fernando Serrano, Lic. Silvano Abarca Macklis, Ing. Carlos Gay, pero se encuentran con acceso restringido, logrando que el público local así como muchos turistas (nacionales o extranjeros), no puedan acceder a estos lugares.

De seguir así, el Turismo en Rosarito podría caer abruptamente, en unos años, puesto que cada vez son más los turistas que llevan la mala imagen, de que en éste Municipio existen cada vez menos playas para visitar. Parece algo ilógico, puesto que estamos casi rodeados por mar, pero sin embargo, cada vez existen más restricciones.

De acuerdo a la Constitución mexicana, no existen playas privadas en México. Sin embargo, la realidad difiere de la Carta Magna, cuando los propietarios de terrenos cercanos a la playa en Rosarito (como es el caso de Playa Santa Mónica), cierran el acceso libre, y convierten así una playa pública en una privada con anuencia de nuestro Gobierno.

El método más común de restringir el acceso a una playa, es como en este caso, la colocación de puertas automatizadas en las calles propiedad del Municipio de Rosarito y a través de la contratación de Seguridad Privada, los cuáles se transforman en la autoridad que deciden quien pasa y quien no, ante la falta de autoridad pública de los tres niveles de gobierno (municipal, estatal y federal) que tome en serio este problema, principalmente como en este caso, el Municipal.

Las playas mexicanas son zonas federales que no pueden ser restringidas para el público en general, sean nacionales o extranjeros, locales o turistas. Sin embargo, en Rosarito, existen hoteles, restaurantes, o casas de particulares que cierran el paso a la zona federal, transformando el lugar en playas privadas.

Además de estas restricciones realizadas por los particulares, existe la posibilidad de que sea el mismo gobierno, a través de sus autoridades respectivas, que dispongan ciertas restricciones a las playas argumentando como es el caso que nos ocupa que cerrando las playas; habrá mas seguridad para los residentes de dichos fraccionamientos y les pregunto: y la sociedad restante en que papel queda? Hay sociedad de primera y de segunda clase en el municipio de Playas de Rosarito?

El cierre de este acceso es una flagrante violación a los derechos constitucionales que gozamos los mexicanos, así como también a las leyes y reglamentos municipales de Playas de Rosarito:

REGLAMENTO PARA EL USO Y APROVECHAMIENTO DEL MAR TERRITORIAL, VÍAS NAVEGABLES, PLAYAS, ZONA FEDERAL MARÍTIMO TERRESTRE Y TERRENOS GANADOS AL MAR

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991

ARTÍCULO 7o.- Las playas y la zona federal marítimo terrestre podrán disfrutarse y gozarse por toda persona sin más limitaciones y restricciones que las siguientes:

I. La Secretaría dispondrá las áreas, horarios y condiciones en que no podrán utilizarse vehículos y demás actividades que pongan en peligro la integridad física de los usuarios de las playas, de conformidad con l os programas maestros de control;

II. Se prohíbe la construcción e instalación de elementos y obras que impidan el libre tránsito por dichos bienes, con excepción de aquéllas que apruebe la Secretaría atendiendo las normas de desarrollo urbano, arquitectónicas y las previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y

III. Se prohíbe la realización de actos o hechos que contaminen las áreas públicas de que trata el presente capítulo.

ARTÍCULO 8o.- La Secretaría sancionará con multa de 10 a 500 veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal de acuerdo a lo establecido en el capítulo respectivo, a quienes infrinjan las limitaciones, restricciones y prohibiciones que se indican en el artículo anterior, sin perjuicio de las sanciones que establezcan otros ordenamientos legales de carácter federal, estatal y municipal.

ARTÍCULO 17.- Los propietarios de los terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, deberán permitir, cuando no existan vías públicas u otros accesos para ello, el libre acceso a dichos bienes de propiedad nacional, por lugares que para tal efecto convenga la Secretaría con los propietarios, teniendo derecho al pago de la compensación que fije la Secretaría con base en la justipreciación que formule la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales.

En caso de negativa por parte del propietario colindante, la Secretaría solicitará la intervención de la Procuraduría General de la República, para que por su conducto, se inicie el juicio respectivo tendiente a obtener la declaratoria de servidumbre de paso.

Esta claro que la restricción de los accesos para llegar a una playa, es un delito y la manera para incentivar la seguridad y limpieza de las playas, es a través de que se apliquen las leyes y reglamentos y se sancione con fuertes multas para los que cometan delitos y ensucien las playas y no cerrándolas como en este caso.

Están promoviendo un Gobierno que entiende y atiende a la gente, promuevan un Gobierno incluyente… Hagan de los accesos libres a las playas, una bandera de batalla, para lograr que Rosarito sea un Municipio libre e incluyente de verdad: libertad de circulación, de accesos a las playas, y hasta para quedarse a acampar en la noche, si así lo deseamos.

Hemos agotado todas las instancias Municipales sin que hasta el momento y después de 11 meses nuestras palabras hayan hecho eco.

Esta acción constituye una violación a nuestros derechos estipulado en el Artículo 14 de nuestra Constitución Mexicana:

Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.

Aquí nuestros derechos se vieron violentados con la restricción de poder entrar a nuestra Playa Publica Federal propiedad de la nación.

La solución Lic. Fernando Serrano, Lic. Silvano Abarca Macklis, Ing. Carlos Gay no esta en encerrarnos, la solución está en la correcta y severa aplicación de las leyes y reglamentos del municipio de Playas de Rosarito, la premisa de que manteniendo las playas cerradas estarán mas limpias es lógica, y basados en esta lógica tendríamos que cerrar todas las playas de Rosarito, para que no se ensucien ni entren delincuentes.

Los propietarios y residentes de la Colonia Leyes de Reforma negamos y renegamos de la parcialidad con la que se está actuando por parte del municipio de Playas de Rosarito, al permitir que unos particulares sin haber demostrado tener la propiedad de la calle en cuestión, estén amparados por el Municipio de Playas de Rosarito para seguir cometiendo esta tropelía, aún cuando la justicia federal sobresee el juicio de amparo desde el mes de Diciembre del 2014 promovido por los particulares en cuestión.

UN AÑO SIN RESPUESTA OFICIAL!


Petición a las diferentes dependencias de Rosarito

El día entregamos copias a las dependencias dirigidas por:

Lic. Silvano Abarca Macklis, Presidente Municipal
Lic. Luis Fernando Serrano García, Secretario de Gobierno
Lic. Tomás De la Rosa Martínez, Síndico Municipal
Lic. Oscar Rene Lozano Casavantes, Jefe
Lic. Aldo López Tamez, Jefe del Departamento de Urbanizaciones
Lic. Carlos Alberto Peraza Vergara, Director
Lic. Patricia Librada Ortega Inzunza, Subprocuradora de Playas de Rosarito 

Para que el Ing. José Carlos Gay González Director Control Urbano de Playas de Rosarito iniciara inmediatamente los tramites ante la Procuraduría General de la República, del juicio respectivo tendiente a obtener la declaratoria de servidumbre de paso de dicho acceso a una playa pública federal, vía Calle Héroes de la Reforma de la colonia Leyes de Reforma.

Hasta el día de hoy, solamente el Lic. Carlos Alberto Peraza Vergara Director DESOM, se ha tomado la molestia de visitarnos sin que al momento se hayan pronunciado en darnos una actualización de nuestra petición.

HASTA CUANDO?